Javier Ocampo López - Diputado de Risaralda |
El fallo en primera instancia será apelado por la parte demandante ante el Consejo de Estado que tendrá la última palabra sobre el caso.
La Sala Tercera de Decisión del Tribunal Administrativo de Risaralda negó en sentencia de primera instancia la nulidad del acto de elección del actual diputado de Risaralda, Javier
Ocampo López, para el período constitucional 2024 - 2027, y determinó, en fallo de primera instancia, archivar el respetivo proceso.Así quedó definido en la sesión del pasado 27 de junio, a través del proyecto de providencia que fue considerada y aprobada por la Sala Ordinaria en sesión presencial, firmada por los magistrados Andrés Medina Pineda, Leonardo Rodríguez Arango y Dufay Carvajal Castañeda.
De esta manera, el Tribunal rechaza las pretensiones de las partes demandantes para anular la elección de Ocampo y suspender su posesión en la Asamblea, quienes argumentaban un proceso irregular, ya que a su juicio el entonces candidato a la Asamblea de Risaralda no cumplía con los requisitos establecidos en la ley, alegando una inhabilidad por un proceso de responsabilidad fiscal.
“Las dos demandas con sus pretensiones fueron negadas, decisiones del Tribunal que me dejan muy satisfecho, pues queda demostrado con todo el rigor de la normatividad que mi elección estuvo dentro los parámetros de ley”, destacó el diputado Ocampo.
En este sentido, puntualizó que desde ninguna perspectiva tenía inhabilidad ni para inscribirse, ni para ser electo, ni para tomar posesión de la curul en la Asamblea de Risaralda, que la democracia le otorgó en franca lid.
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