La veeduría dice mediante denuncia pública, que las mujeres organizadas en Amoapía se cansaron de recibir violencia emocional y maltrato psicológico forzado de la Alcaldía,
mediante la estrategia del aislamiento social y la táctica del sometimiento a la marginalidad administrativa.Explica que han sido forzadas a dar por terminado, de manera anticipada un comodato firmado con la administración anterior a cinco años, a través del cual administran las instalaciones en las que desarrollan todas sus actividades académicas para el municipio.
Comenta que es la misma sede en la que elaboran manualidades, crean artesanías, alimentos para comercializar y se capacitan en confección con las maquinas industriales ganadas el año anterior a través de Presupuesto Participativo con la Gobernación de Risaralda.
El texto de la denuncia pública de las mujeres de Apía, respaldada por el Colectivo de Veedurías de Risaralda, dice texualmente lo siguiente:
"Pereira. Julio 11/20224. El Colectivo Departamental de Veedurías Risaralda (CoVeRi), presidido por la Veeduría Cultural de Risaralda (Res. 085 y 039 PM), invocando el artículo 5° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y Otras Personas que Trabajan en Zonas Rurales (UNDROP 2018), en un reconocimiento a las campesinas sembradoras de vida desde la “Pacha Mama”, a los campesinos como sujetos políticos, y en particular, actuando en defensa de los derechos de la Mujer Campesina, respaldamos el llamado público a los entes de control, presentado por la Asociación de Mujeres organizadas y emprendedora de AMOAPÍA, a raíz del maltrato recibido desde la Administración Municipal de Apía.
Alentamos la defensa de los derechos de las mujeres frente a los acontecimientos de discriminación, exclusión, marginalidad y escarnio público, sociocultural, político económico ejercido en contra de las asociadas campesinas, rurales y trabajadoras culturales (Artesanía y Gastronomía), cafeteras (producción, comercialización de cafés especiales), microempresarias y comercializadoras de manualidades de la asociación AMOAPÍA. Mujeres que han enunciado prácticas tipológicas de violencia de género en contra de la capacidad de empoderamiento, la dignidad de la mujer, el derecho al trabajo, el derecho a la educación y a la violación al libre albedrio, para el normal desarrollo de sus proyectos de vida. Acciones que indirectamente afectan a la estabilidad emocional y económica de las más de 60 familias nucleares de esta asociación municipal.
Mujeres cabeza de hogar de AMOAPIA, sobre quienes, a partir del mes de enero se viene ejerciendo presión social desde la administración municipal de Apía, Risaralda. Mujeres emprendedoras, étnodiversas, desplazadas por la violencia territorial quienes perderán su oportunidad de continuar su vida laboral activa, perderán sus emprendimientos con el Fondo Emprender, se les coartará la posibilidad de seguir siendo capacitadas por el SENA, la ESAP y Fundaciones amigas de Risaralda, al ser forzadas a desalojar su sede y terminar, de manera anticipada, un contrato de comodato vigente a cinco años. AMOAPÍA es una ESAL legalmente constituida para el fortalecimiento de los proyectos de vida, el desarrollo de su libre personalidad, la educación informal y la generación de alternativas laborales en la ciudadanía de Apía.
Mujeres de AMOAPIA que hoy se cansaron de recibir Violencia emocional y maltrato psicológico forzado, mediante la estrategia del aislamiento social y la táctica del sometimiento a la marginalidad administrativa, forzándolas a dar por terminado, de manera anticipada un comodato firmado con la administración anterior a cinco (5) años, a través del cual administran las instalaciones en las que desarrollan todas sus actividades académicas para el municipio. Misma sede en la que elaboran manualidades, crean artesanías, elaboran alimentos para comercializar y se capacitan en confección con las maquinas industriales ganadas el año anterior a través de Presupuesto Participativo con la Gobernación de Risaralda.
Razones que avocan al llamado y atención de la Personería y la Defensoría del Pueblo, para abogar por los DDHH y la defensa de las mujeres víctimas de maltrato; a la Procuraduría Provincial para dar curso a la investigación administrativa respectiva. A la Contraloría Departamental, para diagnosticar un posible detrimento al patrimonio. Acciones concordantes con el precepto Internacional de los derechos de las mujeres, razón por la cual invocamos la Constitución Colombiana, las Leyes 731/2002; 823 del 2003, el Decreto 2369 /2015; el artículo 64 de la carta magna, y reclamamos el Acto Legislativo 01 de 2023, mediante la cual se ratifica la UNDROP 2018, como normativa de cabal cumplimento, para amparar, proteger y salvaguardar los derechos del Campesinado mujer u hombre, desde la infancia hasta la edad longeva, al determinar que: “Los campesinos y las campesinas son libres e iguales a todas las demás poblaciones y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular las fundadas en su situación económica, social, cultural y política”, concluyendo que el campesinado es sujeto de derechos y de especial protección. En coherencia y para beneficio del constituyente primario habitante rural y campesinado".
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