viernes, 21 de junio de 2024

Hasta el 30 de junio es el plazo para actualizar el Registro de Información Tributaria, RIT

Imagen: Alcaldía de Pereira

Este formulario se implementó con el objetivo de identificar y clasificar a los contribuyentes que están obligados a tributar el Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Sobretasa Bomberil. 

La Secretaría de Hacienda de la Alcaldía de Pereira, invita a todos los contribuyentes del

Impuesto de Industria y Comercio, que aún no realizan su inscripción o actualización en el RIT, a que hagan este trámite teniendo en cuenta que el plazo vence el 30 de junio. 

“La Subsecretaria de Asuntos Tributarios del Municipio de Pereira, invita a todos los contribuyentes autorretenedores del Impuesto de Industria y Comercio y los que están inscritos al Régimen Simple de Tributación (RST), para que realicen la actualización del Registro de Información Tributaria (RIT), a través del portal www.tributario.gov.co, hasta el 30 de junio de 2024, no habrán más prorrogas, por lo cual le recordamos cumplir con esta formalidad y así evitar sanciones cuantiosas", expresó el subsecretario de Asuntos Tributarios, Jose Jairo Montoya Mera. 

A través del Decreto No.000534 del 24 de febrero de 2024, se amplió el plazo para efectuar la inscripción, actualización y cancelación en el Registro de Información Tributaria (RIT) hasta el 30 de junio, teniendo en cuenta que hasta la fecha solo han realizado actualización del RIT más de 17.000 contribuyentes y en promedio están faltando más de 50.000. 

Recomendaciones: 

Antes de ingresar a realizar la inscripción o actualización del RIT, debe ingresar al menú de Información Tributaria normatividad y Formatos, descargar el Decreto 204 de 2023, donde se adopta la clasificación de actividades económicas CIIU. 

Si alguno de los firmantes hace falta o desea modificar algún dato, antes de realizar la actualización y/o la inscripción del RIT, debe ingresar con las credenciales propias del firmante, luego debe ingresar por el menú Perfil Usuario Firmante.

Los campos de registro mercantil, fecha de registro de Cámara de Comercio, número de ficha catastral y matrícula inmobiliaria, no son obligatorios en diligenciar. 

Si está actualizando su información, al momento de estar en el formulario Nuevo Establecimiento, debe tener presente, que es para el registro de una sucursal o principal de la empresa, que requiere asignación de códigos de Industria y Comercio, pero si no tiene un registro como nuevos establecimientos, puede continuar con el siguiente formulario. 

Si es la primera vez que está diligenciando el formulario de actualización, se recomienda que al momento de estar diligenciando el campo de Ubicación, debe dar clic en borrar los datos que aparecen guardados, para poder ingresar los datos correctamente de número telefónico, correo electrónico y dirección de ubicación. 

Al no realizar el procedimiento de la homologación en las actividades económicas, no quedara debidamente registrado correctamente, debe seleccionar el icono de forma de lápiz para guardar el código CIIU correctamente. 

Es importante mencionar que, los contribuyentes que no realicen la actualización o inscripción en el Registro de Información Tributaria antes del 30 de junio, podrán incurrir en sanciones. 

Si quiere conocer todas las condiciones ingrese al Portal Tributario tributario.pereira.gov.co, clic en el recuadro de informacion tributaria, normatividad y formatos y busque el Decreto No.000534 del 24 de febrero de 2024 por medio del cual se establece el plazo para efectuar inscripción, actualización y cancelación en el registro de información tributaria (RIT) de los contribuyentes del impuesto de industria y comercio en el municipio de pereira.

No hay comentarios:

Publicar un comentario