Foto: Alcaldía de Pereira |
Aclaratoria del proceso de liquidación de las estampillas de cultura y el adulto mayor del contrato celebrado entre el Aeropuerto Internacional Matecaña y la Opam.
La Alcaldía de Pereira informó a todos los ciudadanos que: "El Consejo de Estado aclara que el Municipio de Pereira debe proceder a liquidar y cobrar las estampillas de Procultura y
Probienestar del Adulto Mayor del contrato de concesión realizado en el 2017 entre el Aeropuerto Internacional Matecaña y la OPAM, lo que significa que la Alcaldía de Pereira NO perderá recursos".Al respecto, la Secretaría de Hacienda Dora Ospina Parra, expresó: “El Consejo de Estado contestó aclaración del fallo de segunda instancia emitido el año pasado en junio del 2022, con publicación que realizó el día 14 de agosto de 2023 donde aclara que el operador OPAM deberá pagar las estampillas pro cultura y pro bienestar del adulto mayor de acuerdo a los resultados de su ejecución o sea con sus ingresos periódicos tal cual como lo decía el fallo anterior”.
"A la fecha, el concesionario ha percibido aproximadamente 160 mil millones de pesos como ingresos y a esto le corresponde el 1.5% para la estampilla Procultura y el 2.0% para la estampilla Proadulto Mayor", dijo.
Anotá que "Con esta aclaración queremos informar que los recursos por el pago de las estampillas no se han perdido, la Secretaría de Hacienda ya venía trabajando en la liquidación de las mismas, por lo cual se procederá con esta aclaración a resolver el recurso para dar inicio al proceso de cobro a Opam".
Adicionalmente, el Consejo de Estado deja claro que Opam deberá seguir haciendo el pago por estampillas de la remuneración periódica al municipio de Pereira dependiendo de la ejecución del contrato.
El Consejo de Estado dice: “Fundamento jurídico 5.1 de la parte considerativa de la sentencia proferida el 26 de mayo de 2022, especificó que, de acuerdo con el criterio de la decisión judicial que tiene establecido la Sección, la base gravable de las estampillas pro-cultura y pro-bienestar del adulto mayor corresponde al valor del contrato, esto es, al monto de la remuneración que percibe el concesionario como contraprestación por el cumplimiento del objeto de la concesión, pero que depende de los resultados de su ejecución”.
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