Foto: Alcaldía de Pereira |
La nueva fecha de elecciones de JAC se establece para el 24 de abril y su posesión será el 1 de junio. Aquellas que tengan todos los requisitos cumplidos las podrán desarrollar este fin de semana como estaba planeado inicialmente y su posesión será en febrero, al igual que los dignatarios elegidos en noviembre de 2021.
Lo anterior, según la resolución 0108 del 26 de enero de 2022, el Ministerio del Interior anunció el nuevo cronograma para llevar a cabo los procesos electorales y nombramiento de estos organismos comunales en todo el país.
“Es importante que aquellas juntas que aun no han cumplido los requisitos y proceso para que sus elecciones sean legítimas, lo sigan de forma estricta en los meses próximos para evitar anulaciones. De igual forma el Gobierno de la Ciudad anuncia que para aquellas que completaron el proceso en noviembre o que lo llevarán a acabo este fin de semana; esperamos realizar la posesión el próximo 7 de febrero”, especificó Nora Oyola Cutiva, secretaria de Desarrollo Social y Político de Pereira.
La presente resolución adoptada la Alcaldía de Pereira se tomó teniendo en cuenta que el 38% de las juntas del País, equivalente a aproximadamente 28.000 quedó pendiente y no iban a alcanzar a cumplir este 30 de enero. Siendo este el caso de Pereira en el que de 407 JAC activas, estaban pendientes cerca de 157 y las cuales tendrán plazo hasta el 24 de abril como lo mencionado.
Aquellas que no realicen el proceso en este último plazo serán sancionadas y podrán llegar a perder la personalidad jurídica.
Paso a tener en cuenta por parte de las JAC
Paso 1: Tener actualmente el libro de afiliados abierto para inscripciones de la comunidad en general.
Paso 2: Convocatoria asamblea preparatoria: Convocar de parte del presidente JAC a los afiliados a la asamblea, con amplia difusión, informando que se definirá el procedimiento para elegir dignatarios y designará el tribunal de garantías. Mínimo 30 días antes de la fecha de elecciones para que se cumpla con lo estipulado por la ley y no de pie a reclamaciones o anulaciones.
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