Afirmó en Dosquebradas, Superintendente Nacional de Industria y Comercio
“Área metropolitana, primer puesto nacional con el mejor combustible”
Luego de abierto pliego de cargos contra Serviciudad y su gerente Andrés Vega por posible obstrucción en el acceso a Acuaseo a la servidumbre de interconexión en Dosquebradas, impidiendo el libre mercado, el proceso va en la etapa de análisis de pruebas. El funcionario visitó empresas y centros comerciales.
El área metropolitana de Pereira – Dosquebradas - La Virginia es la región que ocupa el primer lugar en Colombia por suministrar el mejor combustible y lo hace totalmente legal, dijo en Dosquebradas el Superintendente Nacional de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo Del Castillo, a quien le correspondió visitar esta localidad en el marco de la agenda del Encuentro Regional del Gobierno Nacional y que concluye este jueves en Calarcá con el Consejo ampliado de ministros, que realiza el presidente Juan Manuel Santos.
El alto funcionario manifestó que dentro el programa de metrología se hizo mediciones y análisis al suministro del combustible en esta parte del país y se llegó a las siguientes conclusiones: una, que es totalmente legal; dos, que en el 100% de las estaciones de servicios el precio anunciado es igual al del surtidor; tres, el precio del surtidor está calibrado con el volumen; cuatro, el volumen que vende es igual al que da; cinco, la calidad del combustible es óptima; seis, hay permanente vigilancia y control a los carrotanques, lo que se ha sido verificado en inspecciones sorpresivas.
Sobre el tema de Serviciudad manifestó que la investigación avanza, que los implicados ya hicieron los descargos y aportaron las pruebas, lo mismo que la parte quejosa, y que se está en la etapa de valoración de pruebas. No supo decir en qué tiempo habrá decisiones en primera y segunda instancia.
Régimen de Libre Competencia
En el caso de que el proceso finalice declarando que existió violación a las normas de libre competencia, la Superintendencia de industria y Comercio, además de adoptar las medidas a que haya lugar para que cesen las conductas anticompetitivas, puede imponer multas (i) a quienes infrinjan las disposiciones de prácticas restrictivas de la competencia hasta por cien mil salarios mínimos legales mensuales (100.000 smslmv), es decir, hasta cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta millones de pesos (58.950 millones de pesos); y (ii) a las personas naturales que actúan en representación de quienes infrinjan esas disposiciones, hasta dos mil salarios mínimos legales mensuales (2.000 smlmv), es decir, mil ciento setenta y nueve millones de pesos (1.179 millones de pesos), precisó la Superintendencia.
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