domingo, 24 de febrero de 2013

CONTENCIOSO DECLARO NULA PROHIBICIÓN DEL PARRILLERO EN MOTO EN PEREIRA

Álvaro Restrepo A.

El Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda declaró la nulidad del Decreto 480 del 26 de junio de 2008 de la Alcaldía de Pereira que prohibía la movilización del parrillero hombre mayor de 14 años, en moto, porque fue una medida adoptada de carácter permanente, y la ley establece que debe ser transitoria al tratarse de un tema de orden público.

La sentencia del Tribunal fechada el 14 de febrero de 2013 está firmada por Carlos Arturo Jaramillo Ramírez, presidente del Tribunal, y ponente; Liliana Marcela Becerra Games, magistrada, y Olga Lucía Jaramillo Giraldo, magistrada.

La demanda fue interpuesta por el ex candidato a la Alcalde de Dosquebradas Álvaro Restrepo Arenas en el mes de mayo de 2012. Fue el mismo autor de la demanda contra igual medida adoptada en Dosquebradas por la entonces alcaldesa Luz Ensueño Betancur Botero, en febrero de 2011, y declarada nula por el Tribunal en abril del 2012

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